Esmaltes

NIVEL: GRADO MEDIO DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO DURACION TOTAL DEL CICLO: 1.600 horas

FAMILIA PROFESIONAL DE ESMALTES ARTÍSTICOS

TÉCNICO DE ARTES PLÁSTICAS
Y DISEÑO EN ESMALTADO SOBRE METALES

IDENTIFICACIÓN DEL TÍTULO

El ciclo formativo de Esmaltado sobre metales ordena el conjunto de enseñanzas teóricas, prácticas, artísticas y técnicas que posibilitan la formación de un profesional capaz de aplicar sus conocimientos y destrezas, a nivel práctico, en la elaboración de obras de calidad dentro del mundo del esmalte artístico.
Los esmaltes artísticos al fuego constituyen un medio de expresión plástica cuyos remotos orígenes se encuentran en el seno de la orfebrería y que se han ido desarrollando, transformando y adaptando a través de las diferentes épocas históricas hasta nuestros días.
Tanto por los materiales que emplea, por su brillo, transparencia y riqueza de colores, por la diversidad de posibilidades y la dificultad técnica de realización como por sus cualidades de dureza y resistencia física y química, permiten la creación de una serie de obras artísticas de cualidades muy singulares cuya aplicación puede realizarse tanto a nivel artístico como a objetos de uso práctico o decorativo, en el urbanismo, la arquitectura o la industria.
Al acomodar la formación del esmaltador artístico a la normativa prevista por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se consolida la relevancia de una modalidad que ha sido patrimonio tradicional del campo de las enseñanzas artísticas, que tiene un espléndido futuro, al buscar adecuaciones coincidentes con el fluir de las artes plásticas en general.

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Asignaturas

modulos

HLS: Horas lectiva semanales

ECTS: Sistema Europeo de Transferencia de Créditos

Asignatura Temporalidad ECTS HLS Guía docente
Historia de la artes, de la orfebrería y la joyería 4h. DESCARGAR guía
Dibujo artístico 10h. DESCARGAR guía
Volumen 6h. DESCARGAR guía
Taller de esmaltes 4h. DESCARGAR guía

Información normativa

CAMPO PROFESIONAL: El profesional de este nivel ejercerá su actividad: En empresas del sector de las artes aplicadas y del esmalte sobre metales y en aquellas otras que, enmarcadas en otros sectores de producción industrial, requieren los servicios de este profesional dado que utilizan entre sus componentes elementos de propios o afines de la producción de esmaltes sobre metales. En empresas y talleres de carácter artesanal y artístico, ya sean públicos o privados, pequeños, medianos y grandes, relacionados con la joyería, orfebrería, platería y el campo profesional relativo a la ornamentación y a la producción suntuaria. Como profesional independiente, en régimen de sociedad o asociado en cooperativa. Bajo la dirección de técnicos de niveles superiores, de éste o de otros ámbitos académicos, para la ejecución de proyectos que requieran los servicios de estos profesionales. En la realización de proyectos de carácter artístico creados por él, por otros titulados o por artistas. TAREAS MÁS SIGNIFICATIVAS: La concepción, ejecución y acabado de esmaltes sobre metal para las producciones industriales, para la decoración arquitectónica, de interiores y del mobiliario y los equipamientos tanto de carácter utilitario como artístico o decorativo y para la producción de complementos de moda, la joyería, orfebrería, platerías, etc. La concepción, proyección, ejecución y acabado de esmaltes sobre metal para la realización de exposiciones personales en galerías de arte, encargos específicos de carácter suntuario como la creación de piezas artísticas únicas, objetos artísticos, murales, plafones, etc., controlando todo el proceso. La realización de prototipos y muestrarios para diseñadores o empresas. La definición y aplicación de los fundamentos científicos y técnicos de los materiales que intervienen en los procesos de preparación, producción y acabado, la selección y correcta utilización de las instalaciones y los equipamientos idóneos. Producir esmaltes tanto funcionales como decorativos que, en el plano técnico, se adapten a las prestaciones del equipamiento de que se dispone y, en el plano estético, tengan en cuenta las tendencias de estilo y colorido. Saber realizar el raporte del dibujo, la colocación de pallones e hilos; el manejo de ácidos, el excavado de los metales según los diferentes procedimientos, la colocación de fundentes y colores, el manejo de hornos y los procesos de cochura. Ejercer labores de mantenimiento de la maquinaria y el utillaje, el control de calidad, conservación, limpieza, embalado y almacenamiento de la producción.

  1. De conformidad con el artículo 48,4 de la Ley Orgánica 1/1990, el currículo de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño incluirá una fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, que podrá consistir tanto en la realización de prácticas en entidades de titularidad pública o privada, como en trabajos profesionales académicamente dirigidos e integrados en el currículo, así como aquellas efectuadas en el marco de programas de intercambio nacional e internacional.
  2. La fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres tendrá por finalidades:
    1. Complementar los conocimientos, habilidades y destrezas de los módulos que integran el currículode la formación en el centro educativo.
    2. Contribuir al logro de las finalidades y los objetivos previstos respectivamente en los artículos 2 y 3 del presente Decreto y de los objetivos propios de cada ciclo formativo, establecidos en los correspondientes apartados 3.1 del anexo I.
  3. La Consejería de Educación y Ciencia regulará la organización, duración y evaluación de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, pudiendo quedar total o parcialmente exentos de ella quienes acrediten experiencia laboral en el campo profesional directamente relacionado con el correspondiente ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño.
  1. Para la obtención del título, el currículo determinará el proyecto que deberán superar los alumnos, una vez aprobados los demás módulos del ciclo correspondiente. En el proyecto, los alumnos deberán acreditar el dominio de los conocimientos y métodos científicos y artísticos exigibles para el ejercicio profesional de su especialidad.
  2. Con este fin, los alumnos elaborarán un proyecto final perteneciente al campo concreto de dicha especialidad, acompañado de una memoria explicativa del mismo.
  3. La Consejería de Educación y Ciencia regulará el procedimiento de elaboración y evaluación de la obra final.