Renuncia a convocatoria y Anulaciones de Matrícula

Ciclos Formativos

Normativa, solicitud e instrucciones para solicitar la renuncia a convocatoria y/o la anulación de matrícula.


Artículo 11. Renuncia.
1. Con el fin de no agotar las convocatorias de módulos previstas en el artículo 9.1 de la presente Orden, el alumnado podrá renunciar, en una de ellas y por una sola vez, a la evaluación y calificación de todos o alguno de los módulos que componen el ciclo formativo así como a la fase de formación práctica en empresas, estudios, talleres u otras entidades.
2. La renuncia podrá ser solicitada por la persona interesada, o por su representante legal, siempre que concurra alguna de las circunstancias contempladas en el apartado 2 del artículo 10, con una antelación mínima de dos meses a la fecha prevista para la evaluación final. Para su tramitación y resolución se aplicará el procedimiento establecido en el citado artículo. Dicha solicitud se ajustará al modelo que se recoge como Anexo V.
3. En caso de resolución favorable, se consignará «Renuncia convocatoria» en el expediente académico personal y la abreviatura «RE» en el acta de evaluación correspondiente.

Artículo 12. Anulación de matrícula.
1. El alumnado podrá solicitar, por una sola vez y para un mismo ciclo formativo, la anulación de matrícula, que supondrá causar baja en todos los módulos en que esté matriculado y, por consiguiente, no será evaluado en la convocatoria de los mismos, que no será computable.
2. La anulación podrá ser solicitada por la persona interesada, o por su representante legal con una antelación mínima de dos meses a la fecha prevista para la evaluación final. Las circunstancias que deben concurrir para su solicitud y el procedimiento que se deberá observar para su tramitación y resolución, serán los establecidos en el artículo 10 de la presente Orden. Dicha solicitud se ajustará al modelo que se recoge como Anexo V.
3. En caso de resolución favorable, se consignará «Anulación de matrícula» en el expediente académico personal y la abreviatura «AM» en el acta de evaluación correspondiente.

CIRCUNSTANCIAS PARA PODER SOLICITARLO
El alumnado podrá solicitar la renuncia a la convocatoria de todos o alguno de los módulos que integran el currículo y de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres siempre que concurra alguna de los supuestos de enfermedad, discapacidad, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones personales (cuidado de menor o persona mayor a nuestro cargo…) que impidan la normal dedicación al estudio, todo ello debidamente justificado.

 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

  1. Cumplimentar y firmar la solicitud [descargar] anexoV
  2. Acompañar la solicitud de la justificación requerida que la avale.
  3. Presentar en la oficina del Centro, los originales y la solicitud firmada.

Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño

Las circunstancias y plazos de anulación de matrícula están recogidas en el art.44 de la

Orden de 9 de febrero de 2022, por la que se regulan en la Comunidad Autónoma de Andalucía el acceso, los criterios, los procedimientos de admisión y matriculación del alumnado de enseñanzas artísticas superiores en los centros docentes públicos, así como las pruebas de acceso a las citadas enseñanzas.

La solicitud de anulación de matrícula deberá realizarse con anterioridad al día 31 de diciembre de cada año, en caso de incluir asignaturas de periodicidad cuatrimestral del primer cuatrimestre; y hasta el 30 de abril de cada año, en caso de que la totalidad de las asignaturas sean anuales o de periodicidad cuatrimestral del segundo cuatrimestre.